Convenio Multilateral Iberoamericano

Convenio Multilateral Iberoamericano

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Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social

Nota.- Por ser de interés general para los países de Iberoamérica y a petición de nuestros lectores, damos a conocer alguna información sobre el Convenio.

¿Qué es el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social?

El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (en adelante, Convenio) es una norma de carácter internacional, acordada por varios Estados para la coordinación de sus legislaciones nacionales en materia de pensiones, como garantía de la seguridad económica en la vejez, la incapacidad o muerte de las personas que, en razón del trabajo por cuenta ajena o de la actividad independiente, se hayan desplazado a dos o más Estados miembros, acreditando en los mismos períodos de cotización, de seguro o de empleo.

¿Modifica el Convenio las legislaciones de Seguridad Social de cada Estado?

NO. El Convenio es una norma de “coordinación” de legislaciones, por lo que no modifica la legislación de Seguridad Social de cada Estado Parte. El Convenio solo viene a establecer unas reglas comunes que protegen los derechos de Seguridad Social de los ciudadanos nacionales de los Estados Parte y otras personas que se desplazan por los mismos.

¿Quién puede beneficiarse del Convenio?

El Convenio se aplica a las personas (de cualquier nacionalidad) que estén o hayan estado sujetas en algún momento a la legislación de Seguridad Social de dos o más Estados Parte del mismo, así como a sus familiares, beneficiarios y derechohabientes.

¿Cuáles son las prestaciones amparadas por el Convenio?

El Convenio se aplica a las prestaciones económicas de la Seguridad Social, por:

a) Invalidez.

b) Vejez.

c) Supervivencia.

d) Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional

¿Puede haber prestaciones económicas a las que no se aplique el Convenio?

SÍ. El Convenio no se aplica a las prestaciones económicas correspondientes a los regímenes no contributivos, a la asistencia social, o a los regímenes de prestaciones a favor de víctimas de guerra y de sus consecuencias, previstos todos ellos en la legislación del respectivo Estado Parte. Tampoco a algunas prestaciones que los Estados Parte hayan incluido en el Anexo II del Convenio.

¿Qué es la totalización de los períodos de cotización?

La totalización de los períodos de cotización tiene como finalidad evitar que los derechos de Seguridad Social se pierdan o se alcancen en una menor cuantía por el hecho de haber cotizado en varios Estados. Para evitar los efectos anteriores, el Convenio dispone que esos períodos cotizados en distintos Estados puedan sumarse y que cada una de las instituciones de los diferentes Estados tenga en cuenta, en la medida en que sea necesario, los períodos de seguro, de cotización o de empleo realizados en los demás Estados, como si se tratasen de períodos cotizados en ellas.

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