Tribunal Supremo español obliga a dos viudas a repartirse pensión

Tribunal Supremo español obliga a dos viudas a repartirse pensión

Tribunal Supremo español

Tribunal Supremo español obliga a dos viudas a repartirse pensión

El alto tribunal reconoce el derecho de ambas a cobrar la prestación de un militar marroquí que sirvió en el Ejército español.

El Tribunal Supremo español ha reconocido el derecho a cobrar la pensión de viudedad a las dos esposas de un ciudadano marroquí que sirvió para el Ejército español en el Sáhara y que percibía una paga con cargo al Estado español. Pero ambas viudas se tendrán que repartir la paga. El Supremo ordena que la pensión, que sí tenía reconocida la primera mujer, se distribuya a partes iguales entre las dos mujeres.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso presentado por la segunda esposa contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que confirmó la resolución del Gobierno que le había denegado el derecho a cobrar la pensión. La doctrina del Supremo fija que la poligamia es contraria al orden público español, pero los jueces consideran que, en este caso, prima el artículo 23 del Convenio de Seguridad Social firmado entre España y Marruecos en noviembre de 1979. Según ese artículo, «la pensión de viudedad causada por un trabajador marroquí será distribuida, en su caso, por partes iguales y definitivamente entre quienes resulten ser, conforme a la legislación marroquí, beneficiarias de dicha prestación». La Sala advierte que España firmó este convenio voluntariamente y a pesar de la prohibición del matrimonio polígamo en su ordenamiento jurídico.

Según el Supremo, basándose en este artículo, la poligamia del fallecido «no impide, por razones de orden público, el reconocimiento del derecho a una pensión de viudedad a favor de todas las esposas que, de acuerdo con su ley personal, estuvieran simultáneamente casadas con el causante perceptor de una pensión con cargo al Estado español». Para calcular el importe que corresponde a cada una de las esposas, el tribunal se basa en este mismo artículo del convenio que acuerda que la única pensión de viudedad que se reconozca se dividirá por partes iguales entre las beneficiarias de acuerdo con la legislación marroquí.

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